La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) perfila anular este próximo miércoles diversos artículos y disposiciones contenidas en el Código Penal Federal que al día de hoy sancionan con prisión a las mujeres que abortan en territorio nacional.
La ministra Margarita Ríos Farjat propondrá a sus colegas de la Primera Sala que la decisión del máximo tribunal del país tenga efectos retroactivos en beneficio de las mujeres que se encuentren procesadas o sentenciadas por este delito.
“El obligar a una persona gestante a soportar el embarazo producto de una violación perpetúa una situación de discriminación estructural que responde al estereotipo de que a ellas les corresponde la función primordial de procrear, aun cuando la concepción se haya dado como producto de una agresión sexual perpetrada en su contra”, destaca el proyecto de la ministra Ríos Farjat.
¿Cómo se castiga el aborto en el Código Penal en México?
Se trata de los artículos 330, 331, 332 y 333 del Código Penal Federal que castigan la interrupción voluntaria del embarazo hasta con cinco años de prisión, incluyendo a aquellas intervenciones derivadas de una violación.
El artículo 332, enlista algunos factores que permitirían a una mujer que aborte disminuir su pena de cárcel hasta a un año, pero solo en caso de que “no tenga mala fama, haya logrado ocultar su embarazo o que este sea fruto de una unión ilegítima”.
El amparo que revisará la SCJN este 6 de septiembre fue promovido por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), por lo que, en caso de ser concedida la protección de la justicia federal, solo deberá beneficiar a las mujeres únicamente en aquellos casos en que sean acompañadas por la asociación civil.
Aguascalientes despenaliza aborto
Apenas la semana pasada, la Corte despenalizó el aborto en Aguascalientes y abrió la puerta para que activistas busquen a través de amparos sentencias con un impacto similar en otros estados, sin esperar a que los Congresos locales legislen sobre el tema.
En un hecho inédito, a propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, por mayoría de votos, la Primera Sala ordenó al Congreso de Aguascalientes derogar los artículos del Código Penal estatal que hoy criminalizan la interrupción del embarazo, discriminando así a la mujer.
“Solamente así, mediante la herramienta de una concesión amplia, se puede proteger de manera idónea los derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar a la salud reproductiva e igualdad y no discriminación vulnerada de manera colectiva, objeto del presente juicio de garantías”, señaló la propuesta avalada por la Corte.
Desde el año 2015 hasta junio de 2023 se han reportado 73 carpetas de investigación por el delito de aborto en Aguascalientes, por lo que ese mismo número de mujeres han sido o están siendo procesadas por la aplicación de los artículos declarados inconstitucionales por la Corte. Se trata de la entidad número 12 en despenalizar el aborto.