Con los más de 9,690 millones de pesos acumulados en tres fideicomisos, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) garantizará las indemnizaciones para 464 magistrados y 349 jueces de distrito que han renunciado a sus cargos y no participarán en la elección de jueces por voto popular en junio de 2025, según informaron fuentes del Poder Judicial de la Federación (PJF).
Además, en medio de la inconformidad con la implementación de la reforma judicial, los requisitos del Issste y los acuerdos de la Judicatura, más de 200 jueces y magistrados mayores de 55 años, con al menos 25 años de servicio en el CJF, han solicitado la tramitación de sus pensiones.
Según los reportes financieros publicados por la Judicatura, los fideicomisos vigentes son el 80692, destinado a pensiones complementarias de jueces y magistrados jubilados; el 80694, para apoyos médicos complementarios y asistencia económica extraordinaria para servidores públicos del PJF, excepto los de la Suprema Corte; y el 80695, dedicado al desarrollo de infraestructura para aplicar las reformas constitucionales en materia de justicia federal.
Existe otro fideicomiso, el 80693, para el mantenimiento de las viviendas de magistrados y jueces. Este fondo no se financia exclusivamente con recursos públicos, sino también con aportaciones privadas obtenidas a través de descuentos en nómina de los beneficiarios, ya que los impartidores de justicia que reciben una vivienda temporal al ser asignados a un órgano fuera de su residencia habitual deben pagar una especie de renta al CJF, cuyo monto se destina a este fideicomiso.
Es importante señalar que la renuncia y la solicitud de pensión son dos procesos diferentes mediante los cuales un juez o magistrado puede obtener recursos al finalizar su relación laboral con el PJF.
En el caso de las indemnizaciones, es un pago único que considera los años trabajados, el salario y otros ingresos. Por otro lado, la pensión vitalicia es gestionada ante el Issste y está disponible para quienes tienen al menos 55 años y 25 años de servicio en la Judicatura, accediendo a ella como pensión anticipada.
Esto se rige por el acuerdo general del CJF publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de septiembre de este año, que establece que para calcular la antigüedad o los años de servicio de los magistrados de circuito y jueces de distrito en el PJF, se considerará el tiempo en el que hayan ocupado cargos tanto jurisdiccionales como administrativos en los órganos del Poder Judicial de la Federación.